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La mudanza es un proceso largo y costoso, son muchas las acciones previas y posteriores que hay que realizar. Por mucho que organicemos con antelación todo lo relacionado con ella: compremos las cajas, desmontemos los muebles, contratemos una empresa de mudanza… No hay discusión en que el día clave o día “D”, el del traslado definitivo, todos queremos estar presentes y tener la mayor disponibilidad para supervisar todo. Pero, ¿qué pasa si cae en un día laboral? ¿Tienes algún día libre por mudanza? Te lo explicamos todo en este post.

Según la Ley de los Trabajadores, disponemos de un día libre para realizar la mudanza a nuestro nuevo hogar. Este derecho se recoge en el artículo 37 de dicha ley. Esta día no está dentro del día de grupo de días libres por asuntos propios, es decir, no se te va a descontar de tus vacaciones, y también está remunerado. 

En el artículo 37 de dicho texto se indica lo siguiente:

«El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

c) Un día por traslado del domicilio habitual.

d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo».

Por tanto, sí, podremos aprovechar un día entero para mudarnos con tranquilidad y que no nos quede nada pendiente. Sin embargo, como en todo hay excepciones, y es que solo tenemos derecho a ese día si la mudanza es definitiva, es decir, que hay un cambio del domicilio habitual que no se debe a motivos de carácter temporal como una obra o fumigación. 

Por último, es importante conocer que hay empresas que se rigen por un convenio colectivo propio y que podrían regular los días libres establecidos para la mudanza. Así que si en nuestro convenio se especifican más días podremos acogernos a ello, y sino siempre dispondremos de ese día regulado en el artículo 37.

¿Cuándo tienes que avisar en la empresa para tener día libre por mudanza?

En el Estatuto de los Trabajadores no figura un plazo exacto de notificación para pedir este día libre, pero cuanto antes lo puedas comunicar mejor, así la empresa se puede organizar.

¿Cómo justificar los días libres por mudanza en mi empresa?

Otra de las preguntas que te pueden surgir es el cómo justificar tu mudanza. Claro está que dependiendo del tipo de empresa en la que trabajes, su tamaño y burocracia, harán necesario o no una justificación de tu día libre por mudanza. 

Si trabajas en una empresa que te exige algún documento para poder probar que realmente estás cambiando tu domicilio habitual, lo más común es el original y fotocopia del contrato de alquiler o compraventa de tu nuevo hogar. En el caso de que no lo aceptaran siempre puedes recurrir al certificado de empadronamiento.

Desde Qlip esperamos que no te hayas quedado con ninguna duda. Te recordamos que si necesitas ayuda para organizar tu mudanza correctamente, para cambiar la titularidad de tus nuevos suministros de luz o gas o para más trámites relacionados con mudanzas, estamos aquí para ayudarte.